Una Unidad de Igualdad es un órgano de la Administración General del Estado que tiene como objetivo lograr la igualdad efectiva entre hombres y mujeres dentro de la Administración. No es un órgano independiente, pues sus funciones son asumidas por un órgano directivo preexistente de la Subsecretaría del Ministerio. Asimismo, estas unidades pueden existir en cualquier organismo adscrito o vinculado a la Administración.[1] Se crearon en 2007 por mandato de la Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.
El personal y medios de estas unidades es dispuesto por cada Departamento y al frente de cada una de estas unidades hay un funcionario de carrera, con experiencia en materia de igualdad entre mujeres y hombres y que se encarga específicamente de la Unidad. El resto del personal de la unidad es formado por la Dirección General de la Función Pública, el Instituto Nacional de Administración Pública, el Instituto de las Mujeres y la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género.[1]
Con carácter general, estas unidades de igualdad recaban información estadística elaborada por los órganos del Ministerio y asesoran a los mismos en relación con su elaboración; elaboran estudios con la finalidad de promover la igualdad entre mujeres y hombres en las áreas de actividad del Departamento al que pertenecen; asesoran a los órganos competentes de su Departamento en la elaboración del informe sobre impacto por razón de género; fomentan el conocimiento por el personal de su Departamento del alcance y significado del principio de igualdad mediante la formulación de propuestas de acciones formativas, y velan por el cumplimiento de la Ley Orgánica y por la aplicación efectiva del principio de igualdad.[2]
En relación con las funciones mencionadas, el Real Decreto por el que se regulan las Unidades de Igualdad de la Administración General del Estado le otorga siete funciones concretas:[1]
Las unidades de igualdad son coordinas por la Comisión Interministerial de Igualdad entre mujeres y hombres, la Secretaría de Estado de Igualdad y la Dirección General de la Función Pública para desarrollar unas funciones homogéneas y facilitar el intercambio de información.
Todas las unidades de igualdad dependen, directamente o a través de sus órganos directivos, de las subsecretarías de los Departamentos ministeriales.