Share to: share facebook share twitter share wa share telegram print page

Municipio (España)

Municipio
Municipi, udalerria, concello
País EspañaBandera de España España
Categoría Tercer nivel de división administrativa
Localizados en Provincias
Datos estadísticos
Número actual 8132

En España, un municipio es, según la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local, la entidad local básica de la organización territorial del Estado. La misma ley indica que el municipio tiene personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines y que sus elementos son el territorio, la población y la organización.[1]

La Constitución recoge en su artículo 137:

El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan.

Los municipios del Principado de Asturias reciben oficialmente la denominación tradicional de concejos.

En España existe un total de 8132 municipios. De ellos, el 49,1 % tiene menos de 500 habitantes, el 41,5 % tiene entre 500 y 10 000 habitantes, el 8,6 % tiene entre 10 000 y 100 000 habitantes y, por último, 65 municipios (menos del 0,8 % del total) tienen más de 100 000 habitantes.

Órganos de gobierno

Ayuntamiento

El órgano de gobierno y administración de los municipios es el ayuntamiento salvo para los regidos por el sistema de concejo abierto. El ayuntamiento está formado por:

  • Alcalde;
  • Teniente de alcalde;
  • Pleno;
  • Junta de Gobierno Local (requiere una población superior a los 5000 habitantes o que lo estipule su Reglamento Orgánico o lo decida el Pleno);
  • Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones (municipios de Gran Población[2]​ o lo estipule su Reglamento Orgánico o lo decida la mayoría absoluta del Pleno);
  • Comisión Especial de Cuentas;
  • otros órganos del tipo de estudio, informe y consulta que:
    • quiera establecer su legislación autonómica;
    • quieran establecer los propios municipios.

Elecciones municipales

De acuerdo al número de habitantes, los concejales por municipio serán:

Hasta 100 3
De 101 a 250 5
De 251 a 1000 7
De 1001 a 2000 9
De 2001 a 5000 11
De 5001 a 10 000 13
De 10 001 a 20 000 17
De 20 001 a 50 000 21
De 50 001 a 100 000 25
Más de 100 000 (*)

(*) Se contarán 25 concejales por los primeros 100 000 habitantes y dos más por cada 200 000 habitantes.

Las elecciones municipales se celebran el cuarto domingo de mayo cada cuatro años.

Los ciudadanos de alguno de los países de la Unión Europea empadronados en España tendrán derecho al sufragio activo y pasivo, de acuerdo con las leyes que se han establecido para cumplir la directiva europea 94/80/CE del Consejo.[3]

Los inmigrantes con ciudadanía de una quincena de países extracomunitarios (Argentina, Bolivia, Brasil, Burkina Faso, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea del Sur, Ecuador, Islandia, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú, Trinidad y Tobago, Uruguay, Venezuela) tienen derecho al sufragio activo en virtud de acuerdos de reciprocidad.[cita requerida]

Creación y supresión de los municipios

Cada municipio solo podrá pertenecer a una sola provincia. Para crear o suprimir estos o modificar los términos municipales habrá que regirse por la legislación de las comunidades autónomas sobre régimen local. En ningún caso la modificación de términos municipales podrá suponer la modificación de los límites provinciales. Requerirán en todo caso, audiencia de los municipios interesados y dictamen del Consejo de Estado o del órgano equivalente de la Comunidad Autónoma. La petición se dará a conocer a la Administración General del Estado (AGE).

La creación de nuevos municipios solo podrá realizarse sobre la base de núcleos de población territorialmente diferenciados. Los municipios resultantes deberán contar con recursos suficientes y no podrá suponer una merma en la calidad de los servicios prestados.

El Estado y las comunidades autónomas podrán fomentar la fusión de municipios con la finalidad de mejorar su gestión.

Véase también

Notas y referencias

  1. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local art.11
  2. Tienen esta denominación aquellos municipios que reúnen alguna de las condiciones recogidas en el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y sus posteriores modificaciones. Básicamente son: los municipios de más 250 000 habitantes; las capitales de provincia con más de 175 000 habitantes; capitales autonómicas o sedes de las instituciones autonómicas; municipios cuya población supere los 75 000 habitantes, que presenten circunstancias económicas, sociales, históricas o culturales especiales y así se lo aprueba su correspondiente Comunidad Autónoma.
  3. Unión Europea (23 de enero de 2007). «Participar en las elecciones municipales: derecho de sufragio activo y pasivo». Europa.eu. Consultado el 29 de mayo de 2011. 

Enlaces externos

Read other information related to :Municipio (España)/

Municipio Municipio de Maldonado Municipio de Susticacán Municipio de Átil Municipio (España) Municipio de Punta del Este Municipio Uribante Municipio de Carbó Calacoto (municipio) Aalborg (municipio) Municipio de Banámichi Municipio de Temósachic Municipio Angostura Municipio Pedernales Municipio de Tixméhuac Municipio de Muna Municipio de Tangancícuaro Aarhus (municipio) Municipio de González Municipio de Bacadéhuachi Municipios de Colombia Municipio de La Colorada Municipio de Mulegé Municipio Motatán Municipio Valencia (Carabobo) Municipio Tinaquillo Municipio Córdoba Municipi…

o de Castaños Municipio de Güémez Municipio Guaicaipuro Municipio de Tepic Municipio de Ascensión Municipio de Ansina Municipio de Bácum Municipio de Uruapan Municipio Chacao Municipio de Aconchi Municipio de Baviácora Municipio de Mérida Municipio de Cetiña Municipio Michelena Municipio Guanipa Municipio de Höganäs Municipio de Nuevo Laredo Municipio de Villamar Municipio Seboruco Municipio Rivas Dávila Municipio de Cuitláhuac Municipio de Centro Municipio Brión Municipio Guaraque Municipio Benítez Municipio de Abalá Municipio de Canatlán Municipio Veroes Municipio Villalba Municipio de Nikšić Municipio de Jiménez (Chihuahua) Municipio Planas Municipio Arzobispo Chacón Municipio Junín Municipio de El Llano Municipio de Acuña Municipio (Serbia) Municipio de Benjamín Hill Municipio de Upsala Lolland (municipio) Municipio Zamora (Falcón) Municipio de Hidalgo (Michoacán) Municipio de Festo Municipio de Aguascalientes Municipio de Altar Municipio de Pénjamo Municipio Gómez Municipio Pedro Zaraza Municipio de Holton Municipio de Frontera Puñal (municipio) Municipio de Cárdenas Municipio de Cacalchén Municipio de Súchil Municipio Naguanagua Municipio Biruac

Kembali kehalaman sebelumnya