La querella recibió el apoyo de Amnistía Internacional,[7] que en el informe de 2012 Casos cerrados, heridas abiertas[8] denuncian que no se ha llevado a cabo una investigación judicial exhaustiva en España para descubrir la verdad sobre las circunstancias que rodean los abusos cometidos durante la dictadura franquista.[9] En apoyo de la denuncia, también se creó la red ciudadana Coordinadora estatal de apoyo a la Querella Argentina contra crímenes del franquismo (CEAQUA), que reúne a numerosas organizaciones y consejos.[1] También recibió el apoyo de los parlamentos del País Vasco, Cataluña y Andalucía y de la Cámara de Diputados de Argentina.[10] El Relator Especial de la ONU sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición pidió que "la colaboración con los procedimientos de la corte de justicia españoles en el exterior y tomar medidas contra el debilitamiento del ejercicio de la jurisdicción universal por parte de los juzgados españoles".[11] De acuerdo con el gobierno español, los crímenes juzgados "ya prescribieron en España", y también colidían la ley de amnistía española de 1977.[12] Según la jueza, se trata de "crímenes contra la humanidad y, por lo tanto, este crimen no prescribe".[13]
Antecedentes
Ley de Amnistía de 1977
La Ley 46/1977, del 15 de octubre, de Amnistía, fue promulgada en España el 15 de octubre de 1977; entró en vigor desde su publicación en el BOE el 17 de octubre de ese año.[14]
En enero de 2009, el Comité de Derechos Humanos amonestó a España por el "mantenimiento efectivo de la Ley de Amnistía" de 1977, y recordó que "los crímenes contra la humanidad son imprescriptibles" y las amnistías "relacionadas con violaciones graves de los derechos humanos son incompatibles con pacto".[15] El gobierno español respondió cuestionando la competencia del Comité en este asunto y recordando que la Ley de Amnistía era una demanda de toda oposición al franquismo que contribuyó a la transición a la democracia.[16]
Causa contra el franquismo en la Audiencia Nacional española
El 18 de julio de 2007, varias asociaciones presentaron denuncias ante la Audiencia Nacional para la investigación de crímenes y desapariciones del régimen dictatorial de Francisco Franco, pero fueron rechazadas, ya que "los crímenes prescribirían o, en cualquier caso, estaban sujetos a la Ley de Amnistía Española de 1977". En septiembre de 2008, el juez de instrucción de la Audiencia No. 5, Baltasar Garzón, restableció estas acusaciones, con los nombres de 130,000 desaparecidos.[17] La Fiscalía de la Audiencia Nacional alegó que los crímenes de genocidio y los crímenes de lesa humanidad no estaban tipificados en el Código Penal de 1932, que regía cuando se cometieron, y no puede aplicarse retroactivamente; que los secuestros con desaparición forzosa no son delitos permanentes; que tanto los delitos como sus penas habrían sido prescritos y los hechos no podrían considerarse crímenes de lesa humanidad.[18] Sin embargo, Garzón se declaró competente para investigar el caso y, amparándose que son crímenes que no prescriben, acusó al régimen de Franco, el 14 de octubre de 2008, de un delito de genocidio, considerando que estos asesinatos correspondían a una campaña de exterminio del enemigo político organizado por el régimen.[19][20] Finalmente, el 18 de noviembre, el juez declaró la responsabilidad penal de Franco y otros 44 altos mandos de su gobierno, después de verificar el certificado de defunción de todos ellos.[21] Además, transmitió la investigación de los crímenes a los tribunales de instrucción de las provincias en las que se encuentran las fosas comunes.[22] Estos tribunales territoriales posteriormente presentaron la mayoría de los casos sin realizar ninguna investigación.[23] Finalmente, la justicia española vetó esta investigación.[4]
Cronología
El 14 de abril de 2010, Darío Rivas e Inés García Holgado, dos familiares de víctimas de la represión franquista, presentaron una querella en el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n.º 1 de Buenos Aires bajo el derecho internacional de los derechos humanos y la constitución y las leyes argentinas.[3] Los abogados fueron Carlos Slepoy y Ana Messuti en Madrid, y David Baigún, Máximo Castex, Ricardo Huñis, Beinusz Szmukler, Carlos Zamorano y Héctor Trajtemberg en Argentina.[10]
El 21 de junio de 2012, se creó la Red AQUA, que luego se convirtió en CeAQUA. También se creó la Plataforma Vasca para la Querella contra los Crímenes del Franquismo, y gradualmente se crearon otras plataformas en toda España.[10]
El 28 de noviembre de 2012, 5,000 testimonios fueron entregados al Juzgado no. 1 de Buenos Aires.[10]
Los testimonios de videoconferencia planificados fueron cancelados el 25 y 26 de abril de 2013. Los días 2, 3, 8, 9, 15 y 16 de mayo fueron cancelados nuevamente, en los últimos casos debido a una declaración del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación de España al embajador argentino Carlos Bettini, expresando su malestar por los acontecimientos.[10] En mayo, más de 40 parlamentarios y senadores españoles firmaron un documento para respaldar la denuncia.
El 18 de septiembre de 2013, la jueza María Servini de Cubría dictó orden internacional de búsqueda y captura contra Juan Antonio González Pacheco, José Ignacio Giralte González, Celso Galván Abascal y Jesús Muñecas Aguilar, antiguos miembros de las fuerzas de seguridad franquistas acusados de tortura.[10][24] Amnistía Internacional prestó su apoyo a la demanda. Desde septiembre de 2013, Argentina facultó a sus consulados para presentar quejas que se han unido a la demanda.
En noviembre de 2013, trece denunciantes prestaron declaración en Argentina durante una semana.[10] Entre los declarantes que viajaron a Buenos Aires se encontraba Ascensión Mendieta, de 88 años, quien buscaba reparación para su padre, Timoteo Mendieta, fusilado el 16 de noviembre de 1939.[4]
El 5 de diciembre de 2013, el juez de la Audiencia Nacional, Pablo Ruz, citó a declarar a dos acusados en la querella argentina.[10] El 31 de enero de 2014, la Fiscalía de la Audiencia Nacional se opuso a la extradición del ex inspector Juan Antonio González Pacheco a la Argentina. El 2 de febrero, el relator de la ONU criticó esta decisión.
El 15 de abril de 2014, la tercera sección de la Audiencia Nacional rechazó la extradición de Jesús Muñecas Aguilar, y el 30 de abril, la segunda sección rechazó la de Antonio González Pacheco argumentando que dichos delitos de torturas están «ampliamente prescritos», en oposición al razonamiento jurídico de la magistrada Servini.[10][25][26]
Entre el 18 y el 30 de mayo de 2014, la jueza Maria Servini y el fiscal Ramiro González viajaron a España con sus secretarios judiciales e hicieron varias declaraciones.[10]
El 31 de octubre de 2014, la jueza Servini solicitó a Interpol el arresto preventivo de Martín Villa, Utrera Molina y otras 18 personas imputadas para extraditarlas.[10] El 19 de noviembre, Utrera Molina amenazó, a través de la Fundación Nacional Francisco Franco, a las víctimas de la dictadura con posibles denuncias por manchar su "honor".[27]
Los crímenes investigados
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n.º 1 de Buenos Aires, compuesto por la jueza Servini,[28] investiga "la posible comisión de actos atroces de genocidio y/o lesa humanidad durante la Guerra Civil y el franquismo".[29]
El 19 de septiembre de 2013, la justicia argentina exigió el arresto de cuatro policías españoles por delitos de tortura durante el régimen franquista: Jesús Muñecas Aguilar, Celso Galván Abascal, José Ignacio Giralte González y Juan Antonio González Pacheco.[30]
Pablo de Greiff, relator especial de la ONU sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, recordó en su informe de 22 de julio de 2014, "la obligación internacional del Estado (español) de extraditar o juzgar y que sólo podrá denegar la extradición de los acusados de la justicia española para iniciar la investigación y juzgar a los responsables ".[35]
Reacciones
En mayo de 2012, la sección española de Amnistía Internacional presentó un informe[36] en el que analizaba la respuesta dada por la justicia española a los crímenes cometidos durante la Guerra Civil y el régimen de Franco y denunciaba que no se había llevado a cabo una investigación judicial exhaustiva por conocer los abusos cometidos durante el período dictatorial de 1936 a 1975. Parte del informe se centra en la denuncia presentada por las víctimas y organizaciones de España y Argentina a este último país, basándose en el principio de jurisdicción universal. Específicamente, el informe concluye que, a pesar de la respuesta de la Fiscalía General de España y el gobierno a la jueza María Romilda Servini de Cubría a cargo de la querella argentina, según la cual "en España se abrirán procedimientos judiciales sobre los hechos que serán inhibidos la Audiencia Nacional", el hecho es que después de esta inhibición se archivará la "gran mayoría" de los casos.[37] Según Amnistía Internacional, "España está incumpliendo sus obligaciones internacionales con respecto al derecho a la justicia de las víctimas y su deber de investigar los crímenes de derecho internacional cometidos durante la Guerra Civil y el régimen de Franco" [23] y concluye que la situación de las víctimas es de "total impotencia judicial"[23] y que la "cooperación judicial penal (...) prevista por el derecho internacional" y llevada a cabo en este caso por Argentina debe continuar.[23]
En julio de 2014 Pablo de Greiff presentó un informe que analiza "las medidas tomadas por las autoridades españolas en (... ) verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición, en relación con las graves violaciones de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario cometidas durante la guerra civil y la dictadura franquista ".[38]
Pablo de Greiff reiteró la "incompatibilidad de los efectos de la ley de amnistía con las obligaciones internacionales adquiridas por España", que también contrajo antes de adoptar la ley de amnistía,[39] y que "el derecho internacional establece que, en relación con En los casos de desaparición forzada, el período de prescripción debe comenzar a contar desde el momento en que cesa la desaparición forzada, es decir, desde el momento en que la persona aparece viva o se encuentra su cuerpo ”.[40] El gobierno español considera que los delitos juzgados "ya prescribieron en España" y que también chocan con la Ley de amnistía española de 1977.[12] Sin embargo, las Naciones Unidas han insistido en que "España está obligada a extraditar a los responsables de violaciones graves de los derechos humanos" y "no puede protegerse de los principios de limitación y terminación de la responsabilidad penal". Además, los expertos de la ONU han enfatizado que los argumentos del Gabinete no tienen fundamento y contradicen las "normas y estándares internacionales de derechos humanos".[41][42]
↑Gobierno de España (13 de enero de 2009). «Comentarios sobre las observaciones finales del Comité de Derechos Humanos». Nueva Tribuna. Consultado el 22 de julio de 2012. «el Comité de Derechos Humanos no explicita en virtud de qué disposición del Pacto de Derechos Civiles y Políticos realiza estas recomendaciones. El Estado español no acierta a ver en qué medida entran dichas recomendaciones dentro del mandato del Comité.».