El Presidente de la Cámara de Representantes de Colombia es aquel que asume las funciones de representación de la Cámara de Representantes.[1] Habitualmente no preside en persona las sesiones, en su lugar, delega tal función a uno de los dos Vicepresidentes elegidos como mesa directiva a principio de cada Legislatura[2]. Además de presidir la Cámara, tiene funciones administrativas y de procedimiento legislativo, incluyendo la asignación de los proyectos de Ley a cada una de las siete comisiónes constitucionales permanentes, designar las comisiones accidentales y suscribir los proyectos de Ley y Acto Legislativo que sean aprobados por el congreso.[3]
El Presidente de la Cámara permanece como representante de su propia circunscripción mientras desempeñe ésta dignidad.[4]
Ocupa el decimocuarto lugar en el orden de precedencia, es el décimo cuarto por detrás del Presidente del Consejo de Estado, y por delante del Presidente del Consejo Superior de la Judicatura[5][6][7]
El Presidente es electo por el pleno de la Cámara de Representantes y ejerce el cargo por un año a partir del 20 de julio, tal y como lo establece la Constitución Política y la Ley 5 de 1992, sin posibilidad de reelección dentro del mismo cuatrenio.[8][9]
Referencias