La Autoridad del Canal de Panamá (ACP) es una entidad jurídica autónoma de derecho público y que le corresponde en forma privada la administración, funcionamiento, conservación, mantenimiento y modernización del canal de Panamá y sus actividades conexas, que funcione de manera segura, continua, eficiente y rentable.[1]
La Constitución Política de la República de Panamá consagra en su título XIV todo lo concerniente al Canal de Panamá y a la Autoridad del Canal de Panamá. Por mandato constitucional, el Canal de Panamá constituye un patrimonio inalienable de la Nación panameña; debe permanecer abierto al tránsito pacífico e ininterrumpido de naves de todas las naciones.[1]
ARTÍCULO 315. El Canal de Panamá constituye un patrimonio inalienable de la Nación panameña; permanecerá abierto al tránsito pacifico e ininterrumpido de las naves de todas las naciones y su uso estará sujeto a los requisitos y condiciones que establezcan esta Constitución, la Ley y su Administración.
A la Autoridad del Canal de Panamá le corresponde la responsabilidad de:
Según lo establecido dentro del Artículo 318 de la Constitución Panameña,[4] la Administración de la Autoridad del Canal de Panamá estará a cargo de una Junta Directiva que será compuesta en su totalidad por once (11) directores, nombrados de esta manera:
La Ley establecerá los requisitos para ocupar el cargo de director, garantizando la renovación escalonada de los directores señalados en el numeral 3 de este artículo, en grupos de tres y cada tres años. A partir de la primera renovación, el período de todos los directores será de nueve años
Dentro de las facultades y atribuciones que tiene la Junta Directiva del Canal de Panamá, se encuentran, sin perjuicio de otras que la Constitución y la Ley [5]determinen:
S.E. Jose Ramón Icaza C.
El doctor Ricaurte Vásquez Morales ocupa el cargo como actual Administrador del Canal de Panamá sucediendo así, al Ingeniero Jorge Luis Quijano por un período total de siete años.
Al asumir su función en septiembre del 2019, el Dr. Vásquez Morales se convierte en el cuarto administrador panameño del Canal, luego de Jorge Luis Quijano (2012-2019), Alberto Alemán Zubieta (1996-2012) y Gilberto Guardia (1990-96).
La Autoridad del Canal de Panamá está sujeta a un régimen laboral especial basado en un sistema de méritos y adoptó un plan general de empleo que mantiene como mínimo, las condiciones y derechos laborales similares a los existentes al 31 de diciembre de 1999, fecha en que revirtió la administración del Canal de Panamá.[1]
La Autoridad del Canal de Panamá establece los peajes que se cobran por el uso del canal, así como los derechos y las tasas por la prestación de servicio establecidos por las reglas de arqueo de naves. Estos peajes se fijan conforme a tasas calculadas para cubrir los costos de funcionamiento y modernización del canal incluyendo:
La Autoridad tiene patrimonio propio y derecho de administrarlo.[1] Las principales cifras de sus estados financieros y de sus presupuestos aprobados son las siguientes:
Notas: n.d.=Información no disponible.
Nota: n.d. = Información no disponible.
Una vez cubiertos los costos de funcionamiento, inversión, modernización y ampliación del canal, así como las reservas necesarias, los excedentes son remitidos al tesoro nacional.[3] La Autoridad también paga anualmente al tesoro nacional derechos por tonelada neta, o su equivalente, cobrados a las naves sujetas al pago de peajes que transiten por el canal.[3]
Notas: