La vicepresidencia de la Generalidad de Cataluña es un cargo de la Generalidad de Cataluña creado con el artículo 15 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno. Esta ley prevé la posibilidad de nombrar un vicepresidente o vicepresidenta del Gobierno, siempre que no haya sido nombrado un consejero primero. El vicepresidente del Gobierno forma parte del ejecutivo y es titular de la consejería que el presidente determine.
El Estatuto de Autonomía de Cataluña de 2006 determina que el Gobierno de Cataluña se compone del Presidente de la Generalidad de Cataluña, optativamente de un consejero Primero y el resto de consejeros. El hecho de no designar un consejero primero, permite considerar al vicepresidente como el segundo cargo en importancia.
Funciones
Las principales funciones del Vicepresidente o vicepresidenta del Gobierno son:
- Convocar y presidir el Consejo Técnico del Gobierno.
- Coordinar y supervisar la actividad de las delegaciones territoriales del Gobierno.
- Suplir y sustituir al presidente o presidenta de la Generalidad.
- Recibir información de la Secretaría del Gobierno sobre los proyectos de decreto elaborados por los departamentos antes de que sean incorporados a la orden del día del Consejo Técnico.
- Cumplir las funciones de carácter administrativo y ejecutivo que le asignan las leyes.
Listado de vicepresidentes
Línea temporal
Referencias