El Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales - MARN - es la institución pública en Guatemala a la que le corresponde formular y ejecutar las políticas relativas a su ramo cumplir y hacer que se cumpla el régimen concerniente a la conservación sostenibilidad y mejoramiento del ambiente y los recursos naturales en el país y el derecho humano a un ambiente saludable y ecológicamente equilibrado debiendo prevenir la contaminación del ambiente disminuir el deterioro ambiental y la pérdida del patrimonio natural.
Logotipos
Funciones
De acuerdo con el artículo 29 Bis del Dto. N.º 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo, se establecen las funciones del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, las cuales son:
- Formular participativamente la política de conservación, protección y mejoramiento del ambiente y de los recursos naturales, y ejecutarla en conjunto con las otras autoridades con competencia legal en la materia correspondiente, respetando el marco normativo nacional e internacional vigente en el país.
- Formular las políticas para el mejoramiento y modernización de la administración descentralizada del sistema guatemalteco de áreas protegidas, así como para el desarrollo y conservación del patrimonio natural del país incluyendo las áreas de reserva territorial del Estado;
- Formular, en coordinación con el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, la política sobre la conservación de los recursos pesquero y suelo, estableciendo los principios sobre su ordenamiento, conservación y sostenibilidad, velando por su efectivo cumplimiento;
- En coordinación con el Consejo de Ministros, incorporar el componente ambiental en la formulación de la política económica y social del Gobierno, garantizando la inclusión de la variable ambiental y velando por el logro de un desarrollo sostenible;
- Diseñar, en coordinación con el Ministerio de Educación, la política nacional de educación ambiental y vigilar porque se cumpla;
- Ejercer las funciones normativas, de control y supervisión en materia de ambiente y recursos naturales que por ley le corresponden, velando por la seguridad humana y ambiental;
- Definir las normas ambientales en materia de recursos no renovables;
- Formular la política para el manejo del recurso hídrico en lo que corresponda a contaminación, calidad y para renovación de dicho recurso;
- Controlar la calidad ambiental, aprobar las evaluaciones de impacto ambiental, practicarlas en caso de riesgo ambiental y velar porque se cumplan, e imponer sanciones por su incumplimiento;
- Elaborar las políticas relativas al manejo de cuencas hidrográficas, zonas costeras, océanos y recursos marinos;
- Promover y propiciar la participación equitativa de hombres y mujeres, personas naturales o jurídicas, y de las comunidades indígenas y locales en el aprovechamiento y manejo sostenible de los recursos naturales;
- Elaborar y presentar anualmente el informe ambiental del Estado;
- Promover la conciencia pública ambiental y la adopción del criterio de precaución.
Organización
El Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales de la República de Guatemala se conforma por:
Despacho Superior Y Vicedespachos:
- Ministro de Ambiente y Recursos Naturales
- Viceministro de Ambiente
- Viceministro del Agua
- Viceministro de Recursos Naturales y Cambio Climático
- Viceministro Administrativo Financiero
El Despacho Superior con los Viceministerio cuenta con sus Direcciones y Departamentos. En el Despacho Superior está conformado por:
- Unidad de Asesoría Jurídica
- Unidad de Planificación
- Unidad de Comunicación Social
- Unidad de Cooperación Internacional
En El ViceDespacho de Ambiente está conformado por
- Dirección De Gestión Ambiental Y Recursos Naturales
- Dirección de Coordinación Nacional
- Dirección de Cumplimiento Legal
- Dirección de Formación y Participación Ciudadana
En El ViceDespacho Del Agua está conformado por:
- Dirección De Cuencas
- Dirección De Monitoreo Y Vigilancia del Agua
- Laboratorio de Calidad del Agua
En El ViceDespacho de Recursos Naturales y Cambio Climático está conformado por:
- Unidad de Proyectos
- Dirección de Cambio Climático
- Dirección para el manejo de Residuos y Desechos Sólidos
- Dirección de Análisis Geoespacial y Cambio Climático
En El ViceDespacho Administrativo Financiero está conformado por
- Unidad de Acceso a la Información Pública
- Dirección Administrativa
- Dirección de Recursos Humanos
- Dirección Financiera
- Dirección Informática
Ministros
A partir del 1 de enero del año 2001 cuando comenzó la vigencia del ministerio, las personas que han ocupado el cargo de Ministro de Ambiente y Recursos Naturales han sido:[1]
Véase también
Referencias
- Artículo 64 y 97 de la Constitución Política de la República de Guatemala.
- Decreto 68-86 del Congreso de la República “Ley de Protección y Mejoramiento del Medio ambiente”, del 5 de diciembre de 1986.
- Decreto 90-2000 del Congreso de la República de Guatemala, “Ley de Creación del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales”, del 11 de diciembre de 2000.
- Decreto 91-2000 del Congreso de la República de Guatemala, “Reformas a la Ley de Creación del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales”, publicado el 20 de diciembre de 2000.
- Decreto No. 114-97 del Congreso de la República: "Ley del Organismo Ejecutivo", publicado el 12 de diciembre de 1997; modificado por Decreto No. 63-98, publicado el 4 de noviembre de 1998; reformado por Decretos Nos. 22-99, publicado el 28 de mayo de 1999, y 90-2000, publicado el 11 de diciembre de 2000.
- Acuerdo Gubernativo No. 186-2001: “Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales”, publicado el 31 de mayo de 2001; modificado por Acuerdo Gubernativo No. 284-2001, publicado el 13 de julio de 2001.
acuerdo catalogados
Enlaces externos
Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales Archivado el 13 de abril de 2010 en Wayback Machine.